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title: "Segundo Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica"
subtitle: "Constitución republicana de mayo de 1823 que trasladó la capital a San José"
slug: "segundo-estatuto-politico-de-la-provincia-de-costa-rica"
category: "documentos-y-manuscritos"
era: "1823–1824"
timelineDate: "1823-05-16"
territories: [{"province":"1","canton":"101","precision":"administrative","placeName":"San José"}]
tags: ["Segundo Estatuto Político","Constituciones de Costa Rica","Guerra de Ochomogo","Gregorio José Ramírez","Capital de Costa Rica","Documentos fundacionales","Siglo XIX"]
author: "Emiliano Céspedes-Pol"
published: "2026-11-07T07:00:00.000Z"
updated: "2026-11-08T04:01:57.180Z"
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summary: "El Segundo Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica fue la constitución promulgada el 16 de mayo de 1823 por el Congreso Constituyente Provincial reunido tras la guerra de Ochomogo, en la que los republicanos de San José y Alajuela, dirigidos por Gregorio José Ramírez, derrotaron a los imperialistas de Cartago y Heredia. Confirmó a Ramírez como comandante de armas, estableció la sede del gobierno en San José y creó una Junta Superior Gubernativa de cinco miembros y un parlamento de dos cámaras de elección popular. Rigió hasta 1824, cuando Costa Rica, ya integrada a las Provincias Unidas del Centro de América, adoptó las Bases de Constitución Federal."
keyPoints: ["Se promulgó el 16 de mayo de 1823, después de la victoria republicana en la guerra de Ochomogo.","El Congreso Constituyente lo presidió José María de Peralta y La Vega.","Confirmó a Gregorio José Ramírez como comandante general de armas.","Fijó en San José la sede del gobierno, que dejó de estar en Cartago.","Creó una Junta Superior Gubernativa de cinco miembros y un parlamento de dos cámaras.","Rigió hasta 1824, cuando se adoptaron las Bases de Constitución Federal."]
infobox: {"title":"Segundo Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica","rows":[{"label":"Tipo","value":"Constitución política"},{"label":"Emisor","value":"Congreso Constituyente Provincial (presidido por José María de Peralta)"},{"label":"Promulgación","value":"16 de mayo de 1823, San José"},{"label":"Vigencia","value":"Mayo de 1823 – 1824"},{"label":"Ejecutivo","value":"Junta Superior Gubernativa de cinco propietarios y dos suplentes"},{"label":"Legislativo","value":"Asamblea de Representantes y Consejo Representativo"},{"label":"Capital","value":"San José"},{"label":"Sucesor","value":"Bases de Constitución Federal; Ley Fundamental del Estado Libre (1825)"}]}
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El **Segundo Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica** fue la constitución promulgada el 16 de mayo de 1823 por el gobierno interino y el Segundo Congreso Provincial de Costa Rica.[^ref-1]

## Tras Ochomogo

Se emitió justo después de la [[Guerra de Ochomogo]], en la que el bando monárquico de Cartago y Heredia, encabezado por Joaquín de Oreamuno, fue derrotado por el bando republicano de San José y Alajuela, dirigido por [[Gregorio José Ramírez]]. Ramírez venció el 5 de abril de 1823 y ejerció el poder hasta el 16 de abril, cuando lo entregó a un Congreso Constituyente presidido por José María de Peralta y La Vega.[^ref-1]

## Contenido

El Congreso confirmó a Ramírez como comandante general de armas, impuso la sede del gobierno en **San José** y promulgó el Estatuto.[^ref-1] Con ello Cartago, capital desde la colonia, dejó de serlo.[^ref-2]

El Estatuto creó una **Junta Superior Gubernativa** de cinco propietarios y dos suplentes y un parlamento de dos cámaras de elección popular, que nombraba al jefe político, al intendente y al comandante general de armas. La Asamblea de Representantes tenía iniciativa de ley y competencias fiscales y de obras públicas; el Consejo Representativo funcionaba como cámara alta, sancionaba las leyes, asesoraba al Ejecutivo, hacía nombramientos y juzgaba la conducta de los funcionarios.[^ref-1]

## Hacia la Federación

El 22 de julio de 1823 el Congreso Provincial acordó elegir diputados a la Asamblea Constituyente centroamericana, y el 8 de octubre se pronunció por la unión de Costa Rica a las Provincias Unidas del Centro de América. El 10 de octubre clausuró sus sesiones, por considerar cumplida la misión que le había asignado el Estatuto.[^ref-3] En marzo de 1824 la Asamblea centroamericana declaró a Costa Rica incorporada a la República, y la provincia sustituyó la organización del Segundo Estatuto por la de las **Bases de Constitución Federal**.[^ref-3]

El Estatuto rigió hasta 1824; lo sucedió la [[Ley Fundamental del Estado Libre de Costa Rica]] de 1825.[^ref-1][^ref-4]

[^ref-1]: «Segundo Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica». *Wikipedia en español*. Consultado el 7 de noviembre de 2026 en: https://es.wikipedia.org/wiki/Segundo_Estatuto_Pol%C3%ADtico_de_la_Provincia_de_Costa_Rica
[^ref-2]: «Cartago (Costa Rica)». *Wikipedia en español*. Consultado el 7 de noviembre de 2026 en: https://es.wikipedia.org/wiki/Cartago_(Costa_Rica)
[^ref-3]: «Bases de Constitución Federal». *Wikipedia en español*. Consultado el 7 de noviembre de 2026 en: https://es.wikipedia.org/wiki/Bases_de_Constituci%C3%B3n_Federal
[^ref-4]: «Asamblea Legislativa de Costa Rica». *Wikipedia en español*. Consultado el 7 de noviembre de 2026 en: https://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Legislativa_de_Costa_Rica
