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1948

Constitución Política de 1949

De la guerra civil a la Segunda República: la carta que abolió el ejército, creó el Tribunal Supremo de Elecciones y consagró el voto femenino

Emiliano Céspedes-Pol 5 min de lectura 5 citas documentales
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Sesión de la Asamblea Nacional Constituyente en San José, 1949.2026 (motivo: 1949) · Ilustración de referencia, historia.cr · Archivo visual de historia.cr

Puntos clave · Resumen ejecutivo

Promulgada el 7 de noviembre de 1949 por la Asamblea Nacional Constituyente, la Constitución Política vigente surgió tras la guerra civil de 1948. Tomó como base la Constitución de 1871, pero introdujo innovaciones decisivas: la proscripción del ejército como institución permanente, un Tribunal Supremo de Elecciones independiente y la ciudadanía plena de las mujeres.

  • 01Nació del conflicto político de 1948 y del gobierno de facto de la Junta Fundadora de la Segunda República.
  • 02La Asamblea Constituyente rechazó el proyecto de la Junta y usó como base la Constitución de 1871.
  • 03Su artículo 12 proscribe el ejército como institución permanente, tras la abolición declarada el 1 de diciembre de 1948.
  • 04Creó un Tribunal Supremo de Elecciones con independencia y rango de poder del Estado.
  • 05Reconoció el sufragio femenino, ejercido por primera vez en el plebiscito de La Tigra en 1950.

La Constitución Política de la República de Costa Rica, promulgada el 7 de noviembre de 1949, es la carta fundamental vigente del país. Surgida tras la guerra civil de 1948, combinó la tradición constitucional liberal del siglo XIX con instituciones nuevas que definirían la identidad política costarricense de la segunda mitad del siglo XX: la proscripción del ejército, un Tribunal Supremo de Elecciones autónomo y la ciudadanía política de las mujeres.1

Antecedentes: la crisis de 1948

La década de 1940 estuvo marcada por las reformas sociales del gobierno de Rafael Ángel Calderón Guardia —incluidas las Garantías Sociales y el Código de Trabajo de 1943— y por una creciente polarización política. Tras las elecciones de febrero de 1948, en las que resultó vencedor Otilio Ulate Blanco, el Congreso anuló los resultados, lo que desencadenó la Guerra Civil de 1948.2

Al concluir el conflicto, una Junta Fundadora de la Segunda República, presidida por José Figueres Ferrer, gobernó de facto desde el 8 de mayo de 1948 hasta el 8 de noviembre de 1949, con el compromiso de convocar a una Asamblea Constituyente y entregar luego el poder a Ulate.

La abolición del ejército

El 1 de diciembre de 1948, en un acto celebrado en el Cuartel Bellavista de San José, Figueres declaró disuelto el ejército nacional. El gesto simbólico —golpear con un mazo uno de los muros de la fortaleza— y el traspaso del edificio para albergar el Museo Nacional se convirtieron en imágenes fundacionales de la Segunda República.

El Cuartel Bellavista, escenario de la abolición del ejército en 1948 y hoy sede del Museo Nacional.2026 (motivo: 1948) · Ilustración de referencia, historia.cr

La Asamblea Constituyente elevó esa decisión a rango constitucional. El artículo 12 dispone:

Se proscribe el Ejército como institución permanente. Para la vigilancia y conservación del orden público, habrá las fuerzas de policía necesarias. Solo por convenio continental o para la defensa nacional podrán organizarse fuerzas militares; unas y otras estarán siempre subordinadas al poder civil: no podrán deliberar, ni hacer manifestaciones o declaraciones en forma individual o colectiva.

— Constitución Política de 1949, artículo 12

La Asamblea Nacional Constituyente

Los diputados constituyentes fueron electos en diciembre de 1948 e iniciaron sus sesiones en enero de 1949. La Junta había preparado un proyecto de constitución de corte reformista, pero la mayoría de la Asamblea lo rechazó y decidió trabajar sobre la base de la Constitución de 1871, la de más larga vigencia en la historia del país, incorporando las reformas sociales de la década anterior.3

El resultado fue una carta de continuidad y renovación a la vez: conservó la estructura republicana y presidencialista, y la complementó con instituciones de control y descentralización como la Contraloría General de la República, el régimen de Servicio Civil y las instituciones autónomas.4

Diputados constituyentes reunidos en San José, 1949.2026 (motivo: 1949) · Ilustración de referencia, historia.cr

Innovaciones institucionales

El Tribunal Supremo de Elecciones

La crisis de 1948 había tenido su origen en una disputa electoral. Para evitar su repetición, la Constitución otorgó a un Tribunal Supremo de Elecciones la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio, con independencia en el desempeño de su cometido y, en la práctica, con el rango de un poder del Estado.5

El voto femenino

La nueva carta reconoció la ciudadanía política de las mujeres, culminación de décadas de lucha de organizaciones feministas y sufragistas. Las mujeres votaron por primera vez en el plebiscito celebrado en La Tigra de San Carlos el 30 de julio de 1950 y participaron en una elección nacional en 1953.

Derechos sociales

El texto integró las Garantías Sociales aprobadas en 1943 —derecho al trabajo, seguridad social, salario mínimo, libertad sindical— y consolidó un modelo de Estado con amplias responsabilidades en educación, salud y bienestar.

Promulgación y vigencia

La Constitución fue promulgada el 7 de noviembre de 1949 y entró en vigor al día siguiente, cuando la Junta entregó el poder a Otilio Ulate. Desde entonces ha sido reformada en numerosas ocasiones; entre los cambios más trascendentes destaca la creación en 1989 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que transformó el control de constitucionalidad y la protección de los derechos fundamentales.

Legado

La Constitución de 1949 es el marco de la estabilidad democrática costarricense de las décadas siguientes. Su tradición civilista, sin embargo, hunde raíces en el siglo XIX: en la transición pactada de 1821, en la jornada electoral del 7 de noviembre de 1889 y en la memoria de la Campaña Nacional, cuando un país sin ejército permanente tuvo que improvisar uno para defender su soberanía.

Referencias y Fuentes Primarias

  1. ↑ Constitución Política de la República de Costa Rica, 7 de noviembre de 1949.

  2. ↑ Molina Jiménez, Iván y Palmer, Steven. Historia de Costa Rica: breve, actualizada y con ilustraciones. San José: Editorial de la Universidad de Costa Rica, 2.ª ed., 2007.

  3. ↑ Asamblea Nacional Constituyente. Actas de la Asamblea Nacional Constituyente de 1949. San José: Imprenta Nacional.

  4. ↑ Aguilar Bulgarelli, Óscar. La Constitución de 1949: antecedentes y proyecciones. San José: Editorial Costa Rica, 1973.

  5. ↑ Constitución Política de la República de Costa Rica, 7 de noviembre de 1949.

Categoría:Última revisión: 17 de octubre de 2026

Atribución y citación académica

© Emiliano Céspedes-Pol. «Constitución Política de 1949», publicado en historia.cr el 17 de octubre de 2026.

Este texto se distribuye bajo la licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional (CC BY 4.0). Puede copiarlo, redistribuirlo y adaptarlo para cualquier fin, siempre que reconozca la autoría de Emiliano Céspedes-Pol, enlace a la licencia e indique si realizó cambios.

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